Preguntas Frecuentes Cambio de Propietario

 

Preguntas Frecuentes Cambio de Propietario

¿Qué me cuesta el cambio de propietario de mi Vehículo?
 Varía según el modelo y tipo de vehículo más la emisión de la tarjeta de circulación, que se entregará junto con el recibo oficial de pago.

¿Qué requisitos necesito para el cambio de propietario?

1. Comprobante Fiscal. Presentar original del documento que acredite la propiedad del vehículo. Factura de origen debidamente endosado. En caso de facturación posterior, deberá presentar tanto copia del comprobante fiscal de origen, como el nuevo comprobante fiscal emitido a favor del contribuyente o debidamente endosado a favor del propietario. Para vehículos a crédito; deberá presentar el comprobante fiscal de origen, la representación impresa del comprobante fiscal digital y carta factura. Se podrán aceptar de igual manera los siguientes documentos: a) Acta testimonial notariada a favor del propietario. b) Factura judicial. c) Acta administrativa emitida por la autoridad competente. d) Acta o acuerdo de adjudicación de bienes. e) Título de propiedad (vehículos de procedencia extranjera). f) Bill of Sale (únicamente vehículos de procedencia extranjera regularizados mediante decreto 2001). Cuando se trate de vehículo importado, el comprobante fiscal deberá indicar el número y fecha de pedimento aduanal, conforme a lo dispuesto por el artículo 29-A, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación.

1. Presentar original de la identificación oficial del propietario.
Para personas físicas: a) Credencial expedida por el IFE o INE. b) Licencia de conducir emitida por la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro. c) Pasaporte emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores. d) Credencial expedida por el INAPAM. e) Para el caso de personas extranjeras bastará con la documental vigente emitida por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que acredite su estancia.

Para personas morales: a) Acta constitutiva de la persona moral, y b) Poder notarial del representante legal e identificación oficial. Invariablemente los documentos de identificación oficial deberán de encontrarse vigentes a la fecha del trámite.

2. Comprobante de domicilio. El contribuyente podrá acreditar su domicilio en el Estado de Querétaro, mediante la presentación en original y a su nombre, de cualquiera de los documentos que a continuación se indican:
• Credencial para votar vigente expedida por el IFE o INE, en la que conste el domicilio completo del contribuyente en el Estado de Querétaro (aplica solo para personas físicas).
• Licencia para conducir vigente emitida por la Secretaria de Seguridad ciudadana del poder Ejecutivo del Estado de Querétaro (aplica solo para personas físicas).
• Aviso o recibo de pago de los siguientes servicios:
✓ Energía eléctrica
✓ Agua potable emitido por la CEA o JAPAM
✓ Gas natural
✓ Televisión
✓ Teléfono
✓ Estado de cuenta bancario
✓ Otras documentales que acreditan domicilio
✓ Comprobante fiscal digital por arrendamiento de inmueble en el Estado de Querétaro
✓ Impuesto Predial
✓ Constancia de situación Fiscal expedida por el SAT
✓ Constancia de residencia en el Estado de Querétaro, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio donde resida el contribuyente (aplica solo para personas físicas).
Se podrá recibir el comprobante fiscal digital que se emita por la prestación de los servicios pormenorizados con anterioridad, siempre y cuando se cuente con la validación ante el portal de Servicio de Administración Tributaria.

En el entendido que las documentales referidas anteriormente no habrá de exceder de una antigüedad mayor a seis meses a partir del mes de expedición, salvo las correspondientes al pago del impuesto predial cuya antigüedad podrá ser de doce meses.

Si el comprobante de domicilio que exhiba el contribuyente se encuentra a nombre de un tercero, se deberá presentar uno adicional que coincida con el domicilio de dicho comprobante

Para el caso de que el contribuyente ya se encuentre registrado en el padrón vehicular Estatal con vehículo(s) activo(s), y no manifieste cambio de domicilio, se considerará el ya registrado, sin necesidad que se presente comprobante alguno.

En caso de que no cuente con registro activo o se declare cambio de domicilio, se deberá presentar original del comprobante de domicilio en el Estado de Querétaro.

3. Placas y tarjeta de circulación, o en su caso baja. Para vehículos provenientes de otras Entidades Federativas, o en su caso vehículos con registro en el Estado de Querétaro y pretendan cambiar de placas, se deberá entregar las placas y tarjeta de circulación o la baja correspondiente. En caso de extravío, destrucción o robo, de una o ambas placas y/o de la tarjeta de circulación, se deberá presentar constancia de no infracción emitida por la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitida dentro de los últimos 30 días. Se deberá exhibir denuncia presentada ante la autoridad investigadora competente tratándose de robo o extravío de una o ambas placas, lo cual eximirá al contribuyente del pago de la multa prevista por la fracción XXIII, articulo 97 del Código Fiscal del Estado de Querétaro, a saber 15 (quince) veces la Unidad de Medida y Actualización.

4. Clave Única de Registro Poblacional CURP, o documento oficial que cuente con la misma.

5. Para los trámites realizados por un tercero, se deberá presentar, además carta poder otorgada ante dos testigos dirigida a la Dirección de Ingresos, señalando el trámite especifico a realizar, adjuntando el original de la identificación oficial del contribuyente y su representante, debiéndose anexar copia de la identificación de los testigos. La carta poder deberá señalar: a) Dirigirse a la Dirección de Ingresos. b) Precisar fecha y lugar de emisión (la vigencia de este documento será por un periodo no mayor a 15 días hábiles). c) Nombre del otorgante. d) Nombre de la persona a quien se otorga el poder. e) Trámite vehicular a realizar, alta, baja, cambio de propietario y cualquier trámite adicional que se requiera para ello. f) Descripción pormenorizada de la(s) unidad (es) motivo del trámite (placa o número de serie y año modelo). g) Nombre y firma de quienes intervienen. No se aceptará carta poder que presente tachaduras, alteraciones y/o enmendaduras en los datos del vehículo o de las personas que intervienen.

6. Los vehículos que se encuentren bajo contrato de arrendamiento financiero o puro, deberá especificar nombre y domicilio de los contratantes y el objeto del mismo.

Para el caso de placas para vehículos antiguos, además de los requisitos anteriores, deberá presentar lo siguiente:

7. Comprobar que el vehículo para el cual se solicitan las placas mencionadas, cuenta con una antigüedad mínima de 30 años.

8. Documento en el cual conste que el vehículo conserva sus características originales. Expedido por los clubes o asociaciones de vehículos antiguos en el Estado de Querétaro, afiliados a la Federación Mexicana de Automóviles Antiguos y de Colección, A.C.

9. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales estatales y federales administradas por el Estado de Querétaro.
  Quiero realizar el cambio de propietario de mi Vehículo pero no tengo la tarjeta de circulación ¿la puedo realizar? 
Si, presentado todos sus requisitos junto con una constancia de no Infracción emitida dentro de los últimos 30 días, por la Secretaría de Seguridad Ciudadana,  que es la que suple ese documento.